Preguntas frecuentes

1- ¿Qué es el Programa de Medicamentos Esenciales Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL)?

El Programa de Medicamentos Esenciales Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL) fue creado en el año 1984 por decreto de la Presidencia de la República como respuesta a los altos costos de los medicamentos que se definían como esenciales para la atención básica de los segmentos más vulnerables de la sociedad dominicana.

DECRETO No: 991-00 Del 18 de octubre del año 2000 Mediante el cual se crea la Central de Apoyo Logístico PROMESE/CAL.

CONSIDERANDO: Que el Gobierno Dominicano está decidido llevar a cabo la reforma y modernización del Estado y de manera prioritaria la del sector salud.

CONSIDERANDO: Que para definir y ejecutar el proceso de reforma del sector salud fue creada mediante decreto No. 308-97 la Comisión Ejecutiva para la Reforma del Sector Salud (CERSS), con la función de coordinar la formulación de estrategias y objetivos comunes a las instituciones del sector en el proceso de reordenamiento sectorial y redefinir las misiones de las instituciones del Sector Salud.

CONSIDERANDO: Que para alcanzar una rápida transición hacia un nuevo modelo del Sistema de Salud, deben llevarse a cabo acciones para la oportuna y diligente modificación de las instituciones del sector público, con la finalidad de desarrollarlas y fortalecerlas para que asuman el liderazgo sectorial y den respuestas satisfactorias a la población.

CONSIDERANDO: Que el programa de Medicamentos Esenciales (PROMESE/CAL), de la Presidencia de la República, es el componente más relevante del sistema de abastecimiento del Sector Público de Salud, además de uno de los grandes poderes de compra del mercado farmacéutico nacional, y por tanto, uno de los actores principales en la modernización del sistema de Suministros y en la regulación del mencionado mercado.

CONSIDERANDO: Que la experiencia del programa de medicamentos esenciales creada mediante los decretos No. 2265 de techa 22 de agosto de 1984 suscita en la actualidad una serie de dificultades prácticas que se traducen en falta de coordinación, inequidades y mayores costos de los suministros para las instituciones públicas, todo lo cual genera condiciones no adecuadas para lograr el desarrollo del mercado.

CONSIDERANDO: Que se hace necesario apuntar hacia una gestión más eficiente, mediante la creación de una instancia política y técnica multisectorial, dotada de la agilidad necesaria para transformar el sistema de compras, supervisar la implementación de los procesos de reforma en el sistema de suministros, de modo de que se garantice la provisión oportuna, segura y adecuada de suministros médicos de calidad y el desarrollo del mercado en una dimensión más justa y equitativa.

CONSIDERANDO: Que la descentralización de los programas de compra a los niveles locales, y en consecuencia, la reforma de las funciones y estructura del Programa de Medicamentos Esenciales y de todo el sistema de suministro guarda una estrecha relación con las acciones de modernización y reforma del sector salud.

2- ¿Hasta qué hora trabajan las Farmacias del Pueblo de PROMESE/CAL?

Farmacias del Pueblo Comunitarias:

De Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Farmacias del Pueblo Hospitalarias:

De Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

Sábados de 8:00 a.m. a 1:30 p.m.

3- ¿Cuál es el horario laboral de PROMESE/CAL?

De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

4- ¿Cuáles son las funciones de PROMESE/CAL?

 DECRETO:

Artículo 1.- El Programa de Medicamentos Esenciales (PROMESE) funcionará como una Central de Apoyo Logístico (CAL), adscrito al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

Artículo 2.- El objetivo de la Central de Apoyo Logístico PROMESE/CAL es garantizar la implementación de un nuevo sistema de suministros, mediante una serie de acciones y estrategias que tienen por objeto la provisión a todo el sector público, de suministros médicos de calidad, básicos y necesarios para las atenciones de salud de la población dominicana de manera oportuna, segura y suficiente.

Artículo 3.- Las funciones de PROMESE como Central de Apoyo Logístico son: a) Realizar la gestión de las compras, a través de estrategias claramente definidas y nuevos mecanismos de licitaciones coherentes con las normas nacionales de adquisición y aprovisionamiento del gobierno, de forma tal que pueda suplir los productos de modo consensuado con los centros de salud y con la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, respondiendo a sus necesidades y presupuestos y garantizando la mejor opción posible.

  1. b) Seleccionar los proveedores en función de los requerimientos de los hospitales, estableciendo una relación activa de cliente - proveedor, a través de la cooperación, transparencia y corresponsabilidad.
  2. c) Brindar servicios de almacenaje y de distribución a requerimiento de los centros de salud.
  3. d) Establecer circuitos claros y sencillos para la información y los suministros.
  4. e) Dar soportes a aquellos centros de salud con mayores deficiencias organizativas.
  5. f) Revisar la estructura de gastos operacionales a lo interno de PROMESE / CAL, de manera que esté acorde con el volumen de sus operaciones, a fin de garantizar mayor eficiencia en el sistema de suministros.
  6. g) Realizar las recomendaciones para la implementación de políticas de reforma del sistema de suministros.

Párrafo I: Las compras deberán hacerse a partir del catálogo de medicamentos e insumos sanitarios de los hospitales y el Cuadro Básico Nacional.

Párrafo II: Todas las compras de suministros y medicamentos de las instituciones del sector público deberán efectuarse a través de la Central de Apoyo Logístico PROMESE/CAL, que deberá garantizar la creación de un sistema único y global de suministros, conforme los procedimientos que se establezcan en el presente decreto y sus reglamentos, a fin de asegurar un mejor acceso de la población a medicamentos de calidad y precios bajos.

Párrafo III: La distribución de medicamentos y gestión de los ingresos de las Farmacias del Pueblo pasará a ser competencia de la SESPAS, quien deberá evaluar la conveniencia de mantener o no esta modalidad de servicio, en razón de sus altos costos operacionales y duplicidad frente a la oferta de servicios de distribución similares que prestan los centros de salud de la SESPAS.

Artículo 4.- PROMESE, para su funcionamiento como Central de Apoyo Logístico, estará integrada por dos niveles. El Consejo Ejecutivo, como primer nivel de decisiones políticas y estratégicas; y como niveles operacionales funcionarán el Comité Técnico y la Comisión de Concurso Público.

Párrafo I: Estos Consejos operarán sin desmedro de la estructura organizacional que para el desempeño de sus funciones requiera PROMESE/CAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del decreto 2265 de fecha 22 de agosto de 1984.

Párrafo II: La Comisión Ejecutiva para la Reforma del Sector Salud (CERSS) apoyará a PROMESE/CAL en su reestructuración interna a fin de que ésta se adecue a sus nuevos cometidos y mejore su capacidad técnica y administrativa financiera.

Artículo 5.- El Consejo Ejecutivo de la Central de Apoyo Logístico de PROMESE / CAL, estará integrado por:

El Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESP AS), quien lo presidirá;

El Director del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS);

El Director del Hospital de las FF. AA y PN;

El Asesor Médico del Poder Ejecutivo;

El Coordinador Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva para la Reforma Sector Salud;

El Director de PROMESE/CAL, en calidad de Secretario.

Párrafo: El Consejo Ejecutivo tiene como objetivo esencial apoyar, facilitar y coordinar la implantación del nuevo sistema de suministros en su marco general y a lo interno de cada una de sus instituciones: implementar las recomendaciones que para la reforma de la política de suministros y el mejoramiento de los procesos de licitación sean adoptadas; así como refrendar los procesos de licitación para garantizar un sistema único y global para las compras del sector público evitando duplicidades, ineficiencia e inequidades, y mejorar el acceso y la disponibilidad de suministros básicos a la población dominicana, en especial a la de menores ingresos.

Artículo 6: El Consejo Ejecutivo de la Central de Apoyo Logístico de PROMESE/CAL decidirá los métodos y procedimientos que normen la definición, diseño y creación de los mecanismos necesarios para su accionar, dictará sus propias normas y procedimientos que deberán ser aprobados por la mayoría absoluta de sus miembros, y especificará las funciones, objetivos específicos y normas de funcionamiento de las instancias operacionales, para la consecución de los objetivos planteados en los artículos 1 y 2 del presente decreto.

Párrafo I: Los miembros del Comité Técnico y la Comisión de Concurso Público, como instancias operacionales, serán designados por el Consejo Ejecutivo.

Párrafo II: El Consejo Ejecutivo deberá elaborar las normas citadas en el presente artículo, dentro de un plazo de treinta días a partir de la promulgación del presente decreto.

Artículo 7: PROMESE, actuando en su calidad de Central de Apoyo Logístico, deberá desarrollar acciones inmediatas para la formulación del reglamento que norme las adquisiciones, elaboración y aprobación de los nuevos documentos de licitación y contratos y la creación de un sistema de información gerencial que permita la toma de decisiones.

Artículo 8: Las actividades administrativas y financieras de la Central de Apoyo Logístico PROMESE/CAL deberán ser fiscalizadas por la Contraloría General de la República, por lo menos cada seis meses.

Artículo 9: El presente decreto deroga los artículos 1 al 5 del decreto No. 2265 del 22 de agosto de 1984, 44-91 y el decreto 583-96 de fecha 19 de noviembre de 1996, y cualesquiera otras disposiciones que le sean contrarias.

5- ¿Para qué fue creado PROMESE/CAL?

PROMESE/CAL fue creado para servir y atender las necesidades de los medicamentos de uso común para:

  1. Hospitales públicos y sub-centros de salud.
  2. Farmacias del Pueblo.
  3. Clínicas rurales.
  4. Hospitales militares.
  5. Instituto dominicano del seguro social (idss).
  6. Otras instituciones estatales de salud.

Esta función de centro de abastecimiento o proveedora del sector público de salud fue cambiando paulatinamente hasta convertirse en una central de apoyo logístico (cal), función por la que hoy se justifica su existencia y operación. Con estas atribuciones, PROMESE/CAL se ha convertido en la herramienta más idónea para los procesos de compra y distribución de insumos médicos y medicamentos destinados al abastecimiento de todas las instituciones de salud que se encuentran bajo la responsabilidad del estado dominicano.

6- ¿Cómo puedes solicitar una Farmacia del Pueblo para tu comunidad?

Requisitos para solicitud de farmacia del pueblo en su comunidad

Las Farmacias del Pueblo serán instaladas exclusivamente en Hospitales, Sub-Centros, Dispensarios Médicos, Clínicas Rurales, e instituciones pertenecientes a la Red Prestadora de Servicios de Salud del Estado Dominicano.

El reglamento 246-06 prohíbe instalación de Farmacias del Pueblo en locales privados.

Para solicitar una Farmacia del Pueblo:

Debe dirigirse una comunicación a la Dirección General de PROMESE/CAL, Vía: Dirección de Farmacias del Pueblo, suscrita por una Entidad Comunitaria o Institucional (Junta de Vecinos, Institución Gubernamental), etc.

La comunicación debe incluir:

  1. El número de habitantes de su comunidad.
  2. A que distancia está la Farmacia del Pueblo más cercana a su comunidad.
  3. Nombres y números telefónicos para contacto.
  4. Depositar la comunicación, en las oficinas de la Dirección de Farmacias del Pueblo, con un acuse de recibo (copia de la comunicación).

Nuestra Institución se encargará de analizar y evaluar dicha solicitud.

Una vez aprobada la solicitud, PROMESE/CAL será responsable de suministrar los medicamentos, personal y todo lo necesario para una adecuada prestación farmacéutica ambulatoria.

Para cualquier información dirigirse a:

PROMESE/CAL,
Avenida Charles De Gaulle, esquina Alejandro Guillén, Santo Domingo Norte R.D..
Teléfono: (829) 893-4764, Ext.1084.
Dirección de Farmacias del Pueblo

7- ¿Dónde consultar el portal de Transparencia de PROMESE/CAL?

Para acceder al Portal de Transparencia debe ir  a la sección Transparencia o puede cliquear en el enlace siguiente: http://www.promesecal.gob.do/transparencia/

8- ¿Dónde debo dirigirme si requiero alguna información o datos de PROMESE/CAL?

PROMESE/CAL  cuenta con una Oficina de Libre Acceso a la Información, por lo que para realizar cualquier solicitud de información debe ser de la manera siguiente: ir a la página de  PROMESE/CAL http://www.promesecal.gob.do/transparencia/

luego ir a la sección de transparencia e inmediatamente entrar a la oficina de libre acceso a la información, luego a Solicitud de acceso a la Información pública y ahí llenará un  formulario de solicitud con su petición específica, el cual se le dará curso  cumpliendo los mandatos y plazos de la Ley No. 200-04, sobre Libre Acceso a la Información Pública. También puede llamar al teléfono número 809-518-1313, ext. 1032.

9- ¿PROMESE/CAL cuenta con programas de apoyo para enfermedades crónicas?

Si, PROMESE/CAL cuenta con 9 programas de apoyo para enfermedades crónicas que son los siguientes:

  1. Programa de Apoyo a las Unidades de Cuidados Intensivos Neonatal (PAUCIN)
  2. Programa de Apoyo a las Unidades de Salud Mental (PAUSAM)
  3. Programa de Medicamentos para la Diabetes (PROMEDIA)
  4. Programa de Medicamentos Contra el Glaucoma (PROMEGOTAS)
  5. Programa de Medicamentos Parkinsonianos (PROMEPARK)
  6. Programa de Medicamentos Perdedores de Sal (PROMEPSAL)
  7. Programa de Medicamentos para Hemofilia e Inhibidores (PROMHEFILIA)
  8. Programa Nacional de Reperfusión Coronaria (PRONARCOR)
  9. Programa de Nutrición Enteral y Parenteral (PRONEPAR)

Contacto:

Dirección: Avenida Charles De Gaulle, esquina Alejandro Guillén, Santo Domingo Norte R.D..
Teléfonos: 829-893-4764 Ext. 1213 / 1217 / 1087
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Procedimiento para Obtener el Servicio:
o Atenderse en uno de los hospitales correspondiente
Canales de prestación del servicio:
presencial
A quién va dirigido:
Costo del servicio: gratuito
Tiempo de respuesta: inmediato

10- ¿Cómo puedo ser suplidor de PROMESE/CAL?

Para ello debe primero cumplir con los requisitos publicados en la página de Compras Dominicanas: www.comprasdominicanas.gov.do , luego participar en los concursos y licitaciones que se realizan a través en la Dirección General de Contrataciones Públicas, los cuales también son publicados en nuestra página web, www.promesecal.gob.do,  sección de transparencia.